ANUNCIO
PLAN DE ASISTENCIA ECONÓMICA DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERIA 2024 DESTINADA A LAS ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA.
Una vez transcurrido el plazo de subsanación de las solicitudes presentadas en relación con el Plan de referencia y, tras el estudio de las subsanaciones presentadas por las entidades locales en el plazo establecido y, de conformidad con el apartado 4 del artículo 9 de la Norma de Asistencia Económica, procede la someter a un trámite de audiencia de los entes destinatarios la propuesta elaborada, que se transcribe a continuación.
En el supuesto de que la entidad destinataria no formule alegaciones o discrepancias en EL PLAZO DE DOS DÍAS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DE LA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE ANUNCIO (DESDE EL 14 AL 17 DE JUNIO DE 2024), se entenderá su conformidad con propuesta.
El impreso a cumplimentar estará a su disposición en la Oficina Virtual y se presentará por esa vía a cada una de las Áreas responsables de los programas en los que se haya participado y, si es posible, para mayor agilidad, de forma complementaria, por correo electrónico al Área que corresponda.
“PROPUESTA DE PLAN DE ASISTENCIA ECONÓMICA DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERIA 2024 DESTINADA A LAS ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA.
El artículo 9 de la Norma de Asistencia Económica de la Diputación Provincial de Almería (NAE), regula el procedimiento para la elaboración del Plan de Asistencia Económica, y establece que, conforme a los datos e información que obren en las dependencias provinciales y aquella que se recabe de las entidades locales sobre sus necesidades e intereses peculiares, la Diputación aprobará un Plan/ Planes de asistencia económica para la cooperación a la realización de inversiones, actividades y servicios municipales.
Tras el estudio de la información recabada de los ayuntamientos, en los términos establecidos en el párrafo anterior, la Junta de Gobierno, mediante acuerdo número 4, de fecha 1 de abril de 2024, previo dictamen de la Comisión Informativa, aprueba la Propuesta de Asistencia Económica de la Diputación Provincial de Almería para el año 2024, comprendiendo los programas/actuaciones de cada una de las Áreas participantes en el Plan (Url https://ov.dipalme.org/verifirma/code/LFmikaIaLNQYiyARvYAduw%3D%3D).
Los extractos de los programas integrantes del Plan se publican en el BOP de Almería número 66, de 5 de abril de 2024, estableciéndose el plazo de un mes para la presentación de solicitudes.
Transcurrido dicho plazo se estableció, mediante anuncio publicado en el Tablón de la página web de la Diputación, de conformidad con el art. 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, un plazo de diez días a partir del día siguiente de la publicación, para que las entidades locales participantes en el Plan subsanasen la falta o acompañasen los documentos preceptivos o complementarios requeridos por el Área Gestora, según lo establecido en los correspondientes programas.
Tras el estudio de las subsanaciones presentadas por las entidades locales en el plazo establecido y, de conformidad con el apartado 4 del artículo 9 de la Norma de Asistencia Económica, procede la elaboración del proyecto de asistencia económica, que se someterá a un trámite de audiencia de los entes destinatarios. En el supuesto de que la entidad destinataria no formule alegaciones o discrepancias en este periodo, se entenderá su conformidad con el proyecto.
Finalizado dicho trámite, en los términos previstos en el apartado 5 del artículo 9 de la Norma, se formula propuesta de asistencia económica con cada entidad beneficiaria correspondiente al año 2.024 para su aprobación por el Pleno de la Corporación Provincial, que contendrá los programas de colaboración de las Áreas con cada entidad beneficiaria para la realización de inversiones, actividades y servicios.
La disposición adicional octava de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS), establece lo siguiente:
“Las subvenciones que integran el Programa de cooperación económica del Estado a las inversiones de las entidades locales, de la misma forma que las subvenciones que integran planes o instrumentos similares que tengan por objeto llevar a cabo funciones de asistencia y cooperación municipal se regirán por su normativa específica, resultando de aplicación supletoria las disposiciones de esta Ley.”
Asimismo, según la disposición adicional única de la NAE “La presente Norma Provincial, constituye la normativa propia a la que se refiere la disposición adicional octava de la LGS y artículo 13 de la LAULA para regular la asistencia económica de la Diputación Provincial de Almería.
Por tanto, los preceptos relativos a la normativa general de subvenciones que a continuación se señalan, se aplican de manera supletoria por no hallarse su contenido regulado en la NAE.
En relación a las obligaciones del beneficiario, los artículos 14 LGS y 18 y ss. del R.D. 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 (RLGS) establecen la de justificar la aplicación de los fondos recibidos, lo que se hará conforme al artículo 14 NAE y la base 49ª de las de ejecución del Presupuesto Provincial vigente.
Respecto a los pagos, el artículo 34.3 LGS establece que “el pago de la subvención se realizará previa justificación, por el beneficiario, de la realización de la actividad, proyecto, objetivo o adopción del comportamiento para el que se concedió en los términos establecidos en la normativa reguladora de la subvención”.
En cuanto a la realización de pagos anticipados en las asistencias económicas concedidas, se recoge la posibilidad en la Base 49ª de ejecución del Presupuesto de la Diputación de Almería 2024, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención, y añade que “estas órdenes de pago cuyos documentos no se puedan acompañar en el momento de su expedición, según previene la LGP, tendrán el carácter de a justificar y se aplicarán a los correspondientes créditos presupuestarios”.
En los términos requeridos se incluye en el expediente, para el pago de la subvención, una diligencia, expedida por el órgano gestor, en la que se acreditan los siguientes extremos:
1) Se incluye en el expediente diligencia de la Jefa de Sección de Colaboración Local relativa a la inexistencia de sanciones consistentes en la prohibición de obtener subvenciones y otras ayudas, por parte de las entidades locales participantes en el Plan, según información obtenida de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS)
2) Consta en dicha diligencia la información obrante en la página web de esta Corporación, respecto a la delegación de competencias en materia de gestión, recaudación e inspección tributaria en esta Diputación Provincial de Almería de las entidades locales de la provincia de Almería (https://ov.dipalme.org/verifirma/code/pzwjlcyYHQt38Y6tTgDxHg%3D%3D)).
3) Respecto a la información relativa a la aceptación de la compensación de oficio en el supuesto de que se acuerde reintegro a las entidades locales beneficiarias de las asistencias económicas, por las causas previstas legalmente, se remite a la información incluida en los expedientes de las correspondientes Áreas Gestoras.
Por cuanto antecede, el Diputado Delegado del Área de Presidencia, Reto Demográfico, Patrimonio Histórico y Turismo propone que, previo dictamen de la Comisión Informativa, se eleve al Pleno el siguiente acuerdo:
1º) Aprobar el Plan de asistencia económica de la Diputación Provincial de Almería para el año 2024, que comprende los programas de colaboración de las Áreas gestoras siguientes con cada entidad beneficiaria para la realización de inversiones, actividades y servicios municipales cuyo contenido se incluye en las propuestas de los Diputados Delegados correspondientes, que se anexan y/o se indican los correspondientes enlaces/URLS , comprometiendo un gasto por un importe total de dos millones doscientos setenta y tres mil ochocientos veintiuno con ochenta y siete céntimos (2.273.821,87 €) con la distribución y con cargo a las aplicaciones que se indican a continuación:
I-ÁREA DE PRESIDENCIA, RETO DEMOGRÁFICO, PATRIMONIO HISTÓRICO Y TURISMO/SECCIÓN DE COLABORACIÓN LOCAL
TRANSFERENCIAS DE FONDOS
Programa: Asistencia económica a inversiones destinadas a servicios municipales dirigida a entidades locales de población igual o inferior a 1.000 habitantes/2024:
II.- ÁREA DE BIENESTAR SOCIAL, IGUALDAD Y FAMILIA
TRANSFERENCIAS DE FONDOS.
Programa 1. Acciones de Igualdad Municipales
Programa 2. Actuaciones de Promoción Laboral de las Mujeres
Programa 3: Proyectos de Servicios Sociales Comunitarios:▪ Talleres de envejecimiento activo.
▪ Escuelas de verano.
▪ Prevención e intervención con menores y adolescentes.
Programa 1 y 2, aplicación 4100 231 46200, importe total 232.350 €
Programa 3, aplicación 4010 231 46208, importe total 300.000 €.
- URL: https://ov.dipalme.org/verifirma/code/kwnTO2KIqVJewZVlvFF%2F0g%3D%3D
- Importe total Área: 532.350 €
III.- ÁREA DE CCULTURA, CINE E IDENTIDAD ALMERIENSE
TRANSFERENCIAS DE FONDOS/2024:
1- Programa: Convocatoria para la financiación de los costes salariales de “Promotores Culturales”, destinada a Entidades Locales con población de hasta 5.000 habitantes.
- Aplicación presupuestaria 8000 334 46200
- Importe: 120.000 €
- URL: https://ov.dipalme.org/csv?id=fG8z3UofiGdAyCgfGCcyYA==
2- Programa: Convocatoria de asistencia económica para la contratación de actuaciones artísticas para el circuito de apoyo a la cultura Almeriense, “PACA”, destinado a entidades locales de hasta 3.000 habitantes
- Aplicación presupuestaria 8000 334 46201
- Importe: 53.250€
- URL: https://ov.dipalme.org/csv?id=s3Fq8hgugKEMcyZqPkZoLA==
Importe total Área: 173.250.000 €
IV.-ÁREA DE ASISTENCIA A MUNICIPIOS/DELEGACIÓN ESPECIAL DE DIGITALIZACIÓN Y TRANSPARENCIA.
EJECUCIÓN DIRECTA POR LA PROPIA DIPUTACIÓN/2024
Programa: - Asistencia económica a inversiones destinadas a Entidades Locales adheridas a la Norma Provincial para la prestación de los Servicios de Administración Electrónica y de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones a los Entes Locales de la Provincia de Almería
V.-ÁREA DE DEPORTES, VIDA SALUDABLE Y JUVENTUD
TRANSFERENCIAS DE FONDOS/2024:
1-Programa: Promoción del Deporte 2024
a) Linea 1: “Promotores deportivos municipales”
b) Línea 2: “Contratación de Servicios Técnicos deportivos”
Aplicación presupuestaria 9000-341-46200
Importe: 55.000 €
C) Línea 3: “Adquisición de equipamiento deportivo inventariable”
Aplicación presupuestaria 9000-341-76200
Importe 48.221,87 €
Total programa: 103.221,87 €
URL: https://ov.dipalme.org/verifirma/code/sEd%2FwoBF2aR9YmSbI8AF6g%3D%3D
2- Programa: Eventos deportivos singulares federados de carácter municipal 2024
Aplicación presupuestaria: 9000 341 46200
Importe: 150.000,00 €
URL: https://ov.dipalme.org/verifirma/code/2S4%2BCqCiNo%2FcyLvr6U7ldw%3D%3D
3- Programa: Actividades deportivas de carácter municipal 2024
- Aplicación presupuestaria: 9000 341 46200
- Importe anualidad 75.000,00 €
URL: https://ov.dipalme.org/verifirma/code/nvzzIXh5Wcb8pP8U2ZpE4g%3D%3D
- Importe total Área:328.221,87 €
VI-ÁREA DE FOMENTO, INFRAESTRUCTURAS, VERTEBRACIÓN DEL TERRITORIO Y AGUA
Las asistencias económicas de los programas previstos en este Área continúan en trámite hasta su resolución.
2º) Iniciar un trámite de audiencia de dos días a partir de la publicación del anuncio en la página web de la Diputación Provincial de Almería para que las entidades locales manifiesten su conformidad o discrepancias con la propuesta de referencia.
3º) En el supuesto de que las entidades destinatarias no formulen alegaciones o discrepancias en este periodo, se entenderá su conformidad con el proyecto, considerándose la presente propuesta como definitiva.
4º) Abonar, en el supuesto de transferencia de fondos, los importes indicados en cada una de las propuestas de las Áreas Gestoras, en los términos establecidos en las mismas y en los correspondientes programas.
5º) Suministrar, en el supuesto de ejecución directa, el material indicado en la propuesta del Área gestora, en los términos establecidos en la misma y en el correspondiente programa.
6º) Los plazos para la ejecución y justificación de los programas y actuaciones, así como el resto de condiciones, serán los determinados en cada una de las propuestas relacionadas.
7º) Cada una de las Áreas gestoras procederán a la inclusión de los datos y documentos exigidos en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, así como en la aplicación informática C@fe, con objeto de su publicación, en este último caso, en el Portal de Transparencia de esta Diputación Provincial de Almería.
8º) La Sección de Colaboración Local publicará el texto íntegro del acuerdo en el tablón de anuncios de la página web de esta Diputación.”